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Seguraidad deportiva Parte 1 - Datasports


 
Junio 2001
   
 
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Seguridad Deportiva - Parte I  
Dr. Juan Carlos Blanco


Análisis de la Problemática

A manera de breve introducción y marco contextual del presente informe, creemos necesario, realizar estas consideraciones previas que, entendemos, ayudarán al encuadramiento y comprensión cabal de la problemática de la violencia en los espectáculos deportivos, especialmente el fútbol por ser el de mayor incidencia estadística y de mayor convocatoria e inserción social.

Para ello, debemos tener presente que el fenómeno de la violencia en los espectáculos deportivos, se encuentra inserto, en primer lugar dentro del fenómeno de la violencia humana y social, y cuya compleja etiología, no es atinente a los objetivos de este trabajo, y en segundo lugar, está ubicado dentro de un contexto histórico, cultural, económico, político y psicosociológico, cuyas distintas variables intervinientes, si bien son tenidas en cuenta, su descripción y análisis, serán desarrollados por los equipos de trabajo correspondientes.

No obstante, se debe tener en cuenta que además de las variables antes mencionadas, el espectáculo deportivo en la actualidad excede el hecho meramente lúdico, y se ha transformado, especialmente a través del desarrollo mundial y la globalización de los medios masivos de comunicación, en un gran negocio internacional, de un peso económico tal, que se encuentra entre los primeros negocios internacionales de nuestra época.

Tal situación ha hecho que el fenómeno deportivo tenga en el presente una gran repercusión social y mediática, y por lo tanto, también lo tiene el fenómeno de la violencia en los espectáculos deportivos.

Esa importancia, quizás no deseada, o aún más, no conveniente, no puede ser desconocida por ningún estado moderno, y por lo tanto, tampoco es posible eludir las responsabilidades, obligaciones y facultades que detenta un estado, entre las cuales se encuentran las de preservar el orden público, el resguardo de vida e integridad física de sus ciudadanos y la custodia de la propiedad privada.

En ese concepto es que la prevención y seguridad en los espectáculos deportivos tiene, a nuestro juicio como responsable final al estado.

Sin embargo, ello no implica de ninguna manera, desligar de sus responsabilidades primarias a otros actores sociales de esta actividad, que podríamos describir de deporte - espectáculo, como son los organizadores deportivos y los protagonistas. Tampoco a aquellos sectores que obtienen importantes réditos económicos del negocio del espectáculo deportivo y que por ello deben asumir algún tipo de compromiso con la prevención y la seguridad, aportando y acompañando las políticas de estado en la materia.

Y por último quisiéramos resaltar que a los fines no sólo teóricos y de diagnóstico, sino a los fines preventivos y de seguridad, debemos tener en cuenta que en los estadios nos podemos encontrar con dos tipos de violencia, cuyas manifestaciones y tratamiento, por ese mismo motivo, requieren medidas distintas. La primera es la reacción violenta espontánea de una masa o un sector de ella, y como tal sorpresiva, provocada por algún acontecimiento imprevisto, en general relacionado directamente con el desarrollo del juego. La segunda, es la violencia organizada, proveniente de grupos violentos, previamente dispuestos para ello y que en general actúan con algún grado de premeditación, aunque muchas veces su reacción violenta aparezca disfrazada o "explicada" por alguna situación propia del juego, y sobre la cual en muchas oportunidades se monta la reacción espontánea del resto de la masa.

Teniendo en cuenta el contexto y marco mencionados, debemos señalar que es objetivo de este informe, elaborado por el equipo de esta Dirección, exponer la situación actual y sus antecedentes estadísticos e históricos, tanto en el ámbito internacional, como provincial y nacional.

Para ello tendremos en cuenta los siguientes aspectos:
- Aspectos organizativos
- Órganos de control y fiscalización
- Datos estadísticos
- Sistemas de Prevención y Seguridad
- Situación y accionar de las fuerzas policiales
- Infraestructura deportiva y tecnología aplicada
- Normativas legales y deportivas vigentes en la materia

 

Antecedentes Internacionales, Nacionales y Provinciales

Internacionales
En este nivel de evaluación, a nuestro juicio, consideramos de utilidad metodológica, para análisis y comparación, realizar una clasificación descriptiva del fenómeno de la violencia en los espectáculos deportivos y especialmente del fútbol, conforme a la etiología y tipología de la misma, según las regiones y/o países en que este fenómeno se produce.

De tal suerte, en una primera aproximación, podríamos agruparlos de la siguiente manera:
1- Europa nórdica y sajona (Alemania, Austria, Bélgica, Holanda, Dinamarca)
2- Europa eslava y central (Rusia, Hungría, Rumania, etc.)
3- Europa latina y meridional (Francia, Italia, España, Portugal, etc.)
4- Gran Bretaña (como fenómeno específico y particular)
5- América Latina
6- Resto del Mundo.

En cada ítem, podemos encontrar una serie de características típicas y análogas que permiten su agrupamiento y también algunas diferencias específicas que los distinguen.
Tal situación conlleva, obviamente, a que en cada región y/o país, se le otorgue a la problemática en cuestión, una importancia y un tratamiento distinto.

Aspectos organizativos
Es en este aspecto donde se observan grandes diferencias con nuestro país, en primer lugar el calendario internacional europeo de halla bien compatibilizado con los torneos nacionales de cada asociación y se conocen con mucho tiempo de antelación, lo cual a su vez permite una mejor planificación de los operativos de prevención y seguridad de los espectáculos deportivos.

Dado que una de las características propias del continente europeo es el traslado masivo y permanente de simpatizantes de un país a otro, en los torneos internacionales, es que la UEFA (Unión europea de futbol asociado), ha puesto especial preocupación e interés, en virtud de ser una de sus problemáticas más graves.

Caso contrario se da en los torneos nacionales, donde el traslado de simpatizantes visitantes es mínimo, en razón que su legislación permite la venta anticipada mediante abonos anuales, que en general son casi todos obtenidos por los simpatizantes locales, quedando un remanente mínimo dispuesto para cada encuentro para los simpatizantes visitantes.

Además cuentan con una ventaja adicional respecto de la situación en nuestro país: no tener más de un encuentro por fecha en una misma ciudad, lo cual permite una mejor organización y planificación, además de un mayor beneficio económico.

Órganos de control y fiscalización
Es en este aspecto donde han logrado un adecuado mecanismo, instrumentando, con diferentes nombres según los países, Comités de Seguridad, los cuales están compuestos por un Inspector de Seguridad, representante del órgano estatal correspondiente, de un Oficial de Policía y de un Gerente de Seguridad del Club.

Dicho comité es el encargado de hacer cumplir las disposiciones vigentes en la materia, y planifica y ejecuta las medidas de organización, prevención y seguridad en los espectáculos deportivos, así como es el responsable de adoptar las medidas de coyuntura y/o emergencia en el día del espectáculo.

Asimismo en el ámbito de todo el Continente Europeo, el 19 de agosto del año 1985, se firmó en Estrasburgo, la Convención Europea para la Prevención de la Violencia e Irrupciones de Espectadores, con motivo de manifestaciones deportivas y especialmente de partidos de fútbol.

El objetivo del mismo es comprometer a sus estados miembros, a adoptar, dentro de los límites de sus disposiciones constitucionales respectivas, las medidas necesarias para aplicar lo dispuesto en la mencionada Convención Europea.

A tal fin se creó el Comité Permanente del Consejo de Europa, sobre la Prevención de la Violencia en los Espectáculos Deportivos, integrado por la mayoría de los países europeos, con la particularidad, que desde el año 1993, la Argentina ha sido invitada a participar como miembro observador, siendo el único país del mundo, extracomunitario que participa regularmente de las reuniones anuales del referido comité.

Datos estadísticos
Desde la creación del Comité, en el seno del mismo funciona una Comisión de Estadística, que elabora las mismas en forma periódica, por país y por el continente europeo, con permanentes actualizaciones, remitiendo las mismas a cada miembro con un adecuado análisis y conclusiones sobres las mismas.
Este análisis y seguimiento permite confrontar los datos de la realidad debidamente documentados, con los resultados de las políticas y medidas adoptadas para verificar sus resultados.

Sobre la base de ello, además de constatar la eficacia o no de las acciones desarrolladas, se adoptan nuevas medidas, se dejan de lado otras y se modifican y/o actualizan las existentes.

Sistemas de prevención y seguridad
En este aspecto los europeos han hecho hincapié en dos elementos fundamentales, mejoramiento de la infraestructura deportiva en los estadios, con un equipamiento tecnológico moderno y, por otro lado severidad en las normas deportivas y legales, especialmente en lo que hace a la prohibición de concurrencia a los estadios de aquellos simpatizantes con antecedentes de violencia.

Situación y accionar de las fuerzas policiales
Más allá de las diferencias propias de cada policía nacional, las mismas tiene como características similares la de contar con grupos especializados en el control de multitudes y de prevención y seguridad en espectáculos deportivos, con el adecuado entrenamiento y equipamiento moderno.

Asimismo la circunstancia de desarrollarse un solo espectáculo futbolístico por fecha en cada ciudad, permite concentrar los esfuerzos del personal y la utilización del equipamiento en un solo objetivo, facilitando enormemente su tarea.

Por otra parte se encuentran en permanente contacto las policías de cada país, actuando en forma coordinada y manteniendo comunicación permanente con intercambio fluido de informaciones y datos estadísticos

Infraestructura deportiva
Es este uno de los aspectos más considerados por el Comité Permanente para la Prevención de la Violencia en los Espectáculos Deportivos del Consejo de Europa.
En tal sentido entre los elementos más importantes dispuestos podríamos señalar: Sistemas Inteligentes de Control de Accesos, Sistemas de Circuitos Cerrados de Televisión, Sistemas de Audio Sectorizado, ubicación de todos los espectadores sentados, Señalización adecuada, Evacuación segura y rápida.

En cuanto a los cercos olímpicos, es dable resaltar que salvo Gran Bretaña, el resto de los países miembros del Comité Permanente, en la reunión anual plenaria, realizada en junio de 2000 en la ciudad de Bruselas, rechazó por el momento la conveniencia y oportunidad de quitar los mismos de los estadios, en forma total, recomendando estudiar cada caso en particular.

Normativas deportivas y legales en la materia
Este es otro de los aspectos en que se ha hecho especial hincapié dentro de la Comunidad Europea, siendo tomado como base las recomendaciones hechas por el Comité Permanente y adecuado a cada país, se dirige especialmente a la severidad de las normas y sanciones deportivas y legislaciones que apunten fundamentalmente a juicios rápidos, prohibición de concurrencia a aquellos simpatizantes con antecedentes violentos, a la deportación de simpatizantes extranjeros que cometan hechos de violencia o tengan antecedentes al respecto y la prohibición de venta de alcohol en los estadios.

Anexo referido a la especial situación de Gran Bretaña
Gran Bretaña está sindicada en Europa como aquél país que tuvo los problemas más serios con simpatizantes violentos, y en virtud de ello se constituyó en la única nación que sufrió durante un tiempo la expulsión de las competiciones europeas de fútbol, luego de la tragedia del estadio Helsey (Bélgica), donde se produjo la muerte de 39 simpatizantes de la Juventus (Italia)en una final frente al Liverpool (Inglaterra).

Previamente a dicho luctuoso suceso ya eran muchos los antecedentes que acumulaba el fútbol británico, tal como el incendio en el estadio de Bradford en el año 1985, donde murieron 56 personas y gravísimos desórdenes en los estadios de las ciudades de Birminghan, Chelsea, Luton, además de los producidos por los "hoolingans" (barrabravas ingleses) en varios países donde se trasladaban para los encuentros disputados por equipos británicos.

Ya en el año 1986, la justicia a través de un informe a cargo del Juez Poppewel, trató de hacer tomar conciencia de la gravedad del problema.
Sin embargo, recién en el año 1989, el gobierno introdujo la llamada "Acta de espectadores de fútbol", la cual recibió la correspondiente sanción real y fue convertida en ley, el 16 de noviembre de aquel año.

Son las principales características de esa ley:
• Impone una autoridad de control y fiscalización, denominada Football Licensign Authority, que tiene a su cargo la responsabilidad de conceder o denegar autorizaciones a determinados espectadores para concurrir a los estadios.

• Otorgar a los organismos competentes facultades para inspección y control de los estadios y del mismo modo para habilitar o clausurar los mismos, etc.

• Se crea un Plan Nacional de Asociación, con el fin de restringir los espectadores que concurren a los estadios a que aquellos se asocien al Plan, cuyo organismo ejecutor y fiscalizador, se denomina Junta Reguladora de la Afiliación. De tal manera cualquier persona que haya sido condenada por infracciones relacionadas al fútbol por el término que indique dicha condena no podrá permanecer como socio y por lo tanto concurrir a un estadio, tampoco podrán hacerlo aquellos condenados por delitos graves, aunque estos fueran extradeportivos.

• También pueden impedir viajar al extranjero a presenciar encuentros donde disputen equipos británicos.

Posteriormente, luego del desastre ocurrido en 1989, donde murieron 95 simpatizantes del Liverpool, en el estadio Hillsborough, en un encuentro entre los equipos de Liverpool y el Nottingham Forest., Lord Taylor fue designado para llevar a cabo la investigación de los sucesos y formular las recomendaciones sobre la necesidad de medidas específicas de control de masas y seguridad en los espectáculos deportivos.

Para ello contó con la colaboración del Jefe de Policía de Lancashire, Brian Jonso y del Profesor Leonard Maunder, Profesor de Ingeniería Mecánica de la Universidad de Newcastle Upon Tyne.

Además, durante más de un mes se produjeron pruebas testificales, en audiencia pública, en la cual declararon cerca de 174 testigos de los hechos.

En base a ello, se presentó un Informe Provisional, en el cual se establecían sus conclusiones respecto de la forma y causas del desastre.

También realizó cuarenta y tres recomendaciones provisionales, destinadas a tratar de evitar un nuevo desastre y a mejorar las condiciones de seguridad a corto plazo. Estas recomendaciones debían ser inmediatamente intrumentadas por todos los clubes que integran la liga de fútbol británica, para el principio de la temporada siguiente.

En el informe provisorio, Lord Taylor señalaba que sería necesario llevar a cabo nuevas investigaciones con mayor amplitud y profundidad, antes de presentar un informe definitivo sobre las medidas necesarias para el control de masas y de seguridad a poner en marcha en el futuro.

Las principales recomendaciones de aquel informe fueron:

• Reducción de la capacidad de los estadios en un 15%
• Revisión de los certificados de habilitación de los estadios
• Creación de grupos especializados sobre seguridad en los estadios
• Constante monitoreo de las multitudes por parte de la policía

El informe final fue publicado en 1990, para ello el Juez Taylor tuvo en consideración un gran número de declaraciones escritas sobre los problemas y propuestas de solución, celebró numerosas reuniones con funcionarios oficiales, dirigentes deportivos y público en general, asimismo visitó aproximadamente 31 estadios deportivos (24 eran de fútbol, pero también se inspeccionaron de rugby, tenis y basquet, entre otros).

En las conclusiones Taylor resaltó que el problema que crean las multitudes de espectadores deportivos está en directa proporción y relación con la naturaleza del espectáculo y el número de espectadores, siendo justamente por ello el fútbol el más problemático, por la pasión que provoca, su gran difusión e inserción social, la asistencia masiva de espectadores y, fundamentalmente, por el mal comportamiento del público, lo cual no se da en igual grado en otras disciplinas.

En una apretada síntesis de las recomendaciones finales, señalaremos que las mismas tienen relación con los siguientes aspectos:
• Desatención a las experiencias del pasado
• Falta de observación a las normas que regían en ese momento
• Infraestructuras inadecuadas
• Existencia y falta de control de los grupos violentos
• Alcoholismo y otros tipos de adicciones.
• Necesidad de un organismo político-administrativo de control y fiscalización
• Necesidad de normas análogas en todas las jurisdicciones
• Instalación de sistemas de control inteligente de accesos y sistema de circuitos cerrados de televisión y audio dirigido.
• Responsabilidad primaria respecto de la seguridad de los organizadores del espectáculo.
• Existencia de un grupo civil a cargo del club que realice la prevención primaria en coordinación con las fuerzas policiales.
• Que las funciones y responsabilidades estén claramente establecidas por escrito y su cumplimiento sea estrictamente verificado.
• En ese contexto otorga una alto grado de responsabilidad al Jefe del Operativo Policial, sobretodo a la cantidad de efectivos necesarios y a la ejecutividad del mismo en el teatro de operaciones (estadio e inmediaciones)
• Adecuados y eficientes medios de comunicación y coordinación de la policía con la asistencia médica, ambulancias, primeros auxilios, plan de evacuación, Defensa Civil, etc.
• Gran entrenamiento de las fuerzas policiales, especialmente en lo que hace al autocontrol emocional y cumplimiento estricto de las órdenes y los planes tácticos.
• Mantener la prohibición venta o consumo de alcohol en los estadios.
• Todos los espectadores sentados y los asientos numerados
• Recomienda la coordinación y riguroso cumplimiento de las medidas adoptadas por el Comité Permanente del Consejo de Europa
Adecuación de la normativa legal vigente en el sentido de agilizar los procedimientos judiciales, severidad de las penas, posibilidad de impedir la concurrencia e ingreso a los estadios de simpatizantes con antecedentes de violencia.

Este artículo continúa en el número 2  

Dr. Juan Carlos Blanco
Coordinador de Seguridad Deportiva

 

   
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